viernes. 19.04.2024
Consumo ya sancionó a Vueling en verano de 2017.
Consumo ya sancionó a Vueling en verano de 2017.

La asociación FACUA-Consumidores en Acción había denunciado en dos ocasiones que la aerolínea Vueling obliga a los pasajeros a pagar un extra o contratar una tarifa más cara si quieren subir a bordo de sus aviones con alguna maleta que viaje con ellos en la cabina.

Ahora, la Dirección General de Consumo de las Islas Baleares ha iniciado un expediente sancionador a la aerolínea por esta práctica, que implantó en noviembre de 2020 con el argumento de "evitar aglomeraciones" de los pasajeros y garantizar así la debida separación entre ellos, tal como exigían las medidas contra el COVID-19.

Así, Vueling viene cobrando desde hace casi un año y medio una cantidad económica extra a los usuarios que deseen subir equipaje de mano a la cabina si contratan la llamada tarifa Basic -la más economica-, con precios que oscilan entre los 30 y 40 euros, según ha informado FACUA.

Por contra, a aquellos que se decidan por contratar las tarifas Optima, Family o Timeflex -más caras- de la compañía aérea se les permite subir una segunda pieza de equipaje, independientemente de las restricciones a causa de la pandemia por el nuevo coronavirus.

Por ello, Consumo de Baleares ha resuelto iniciar un procedimiento sancionador contra la compañía al considerar que esta política podría suponer una infracción grave de las normativas de consumo autonómica y estatal, así como de la Ley de Navegación Aérea.

Sanción provisional

El organismo entiende que Vueling ha introducido "una cláusula que establece, contraviniendo la legislación vigente, limitaciones en cuanto a los bultos que los pasajeros pueden portar en cabina; bien limitando su número o su volumen, bien supeditándolo al pago de determinada cantidad".

Así, Baleares propone una "sanción provisional" de 24.000 euros, atendiendo a que se trata de una "infracción grave" y a que concurren varios agravantes: la existencia de "reiteración en la conducta infractora" y el "elevado volumen de venta o prestación de servicios", tal y como señala la Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Illes Balears.

Baleares sancionará a Vueling por cobrar el equipaje de mano