El Juzgado Contencioso número 3 de Palma ha dictado un auto en el que ratifica parcialmente las medidas sanitarias adoptadas en la resolución de la Directora General de la Conselleria de Salud Pública y Participación del Govern Balear en relación al confinamiento de los jóvenes en el Hotel Bellver.
La jueza únicamente mantiene la medida respecto a los jóvenes que han dado positivo en COVID-19; en relación al resto no se ratifica la medida al no haberse acreditado por la Administración que se traten de contactos estrechos con los jóvenes positivos, según han detallado desde el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB).
Según la resolución, en el caso de los jóvenes que han dado negativo o bien no se hayan sometido a la prueba, "no se considera por tanto proporcionada la medida adoptada por la Administración al limitar un derecho fundamental", han expuesto desde esta institución.
Por otra parte, la jueza requiere al Govern que informe al Juzgado cada cinco días de la "evolución en la situación de cada una de las personas afectadas por la medida, a los efectos de revisar su estado y la necesidad, en su caso, de su mantenimiento", ha precisado el TSJIB.
La decisión del Juzgado es una resolución ejecutiva sin perjuicio que pueda ser recurrida en apelación ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.