El Comité de Empresa del servicio de ambulancias del IB-Salut ha denunciado ante el Tribunal Superior de Justicia la actual situación que se vive entre los trabajadores de la UTE adjudicataria de dicho servicio. En la demanda, interpuesta por el letrado Pablo Alonso de Caso, se exponen los múltiples puntos en los cuales se está inaplicando el convenio colectivo existente.
Entre otras cuestiones, y según la demanda ya admitida a trámite por la sala de lo Social del TDJB, la Unión Temporal de Empresas no habría aplicado el incremento salarial para los años 2016 y 2017, congelando el concepto de antigüedad durante este periodo y evitando realizar la formación continuada que viene marcada por la legislación.
De hecho, los sindicatos advierten de que se están incumpliendo también conceptos básicos de seguridad, como el lavado de aquella ropa que haya estado en contacto con fluidos biológicos o con pacientes infecto-contagiosos.
Desde la empresa concesionaria justifican los incumplimientos por la revisión de precios negativa que se realizó por parte del Servei de Salut hace ahora un año, algo que no convence a los representantes de los trabajadores y tampoco a los servicios jurídicos del Govern, que recuerdan ahora que el hecho fue entonces “conocido y aceptado” por quienes ahora se niegan a aplicar el convenio.
En una carta que firma el Director General de Salut, Juli Fuster, el Govern deja claro que “en modo alguno” puede servir la revisión de precios como una excusa que justifique “la inaplicación del convenio colectivo por parte de la empresa”.
Fuentes próximas al asunto subrayan la mala gestión que de este proceso ha llevado hasta ahora la gerente de la UTE concesionaria, Dolores de la Fuente, el director de Recursos Humanos en Transport Sanitari de Catalunya, José L. Luna, así como los abogados enviados desde Barcelona. Ha sido según estas fuentes su talante “prepotente” y cerrado al diálogo el que ha llevado a judicializar el asunto, y que tenga finalmente que ser el Tribunal Superior el que resuelva sobre la inaplicación del convenio colectivo.