El Consell de Govern ha aprobado este viernes un decreto ley de medidas urgentes en el ámbito de la educación para hacer frente a los efectos del coronavirus, en el que se establece que, de manera excepcional, este año la solicitud de plaza por adscripción y admisión debe presentarse preferentemente de manera telemática.
La portavoz del Govern, Pilar Costa, ha asegurado que la solicitud a través de Internet se hará en los procesos de escolarización de los niveles de infantil, primaria, secundaria, bachillerato y educación especial.
Procesos de adscripción y admisión para el próximo curso escolar 2020-2021
El estado de alarma declarado con motivo de la emergencia sanitaria de la COVID-19 ha supuesto la modificación de los procesos de escolarización para el curso 2020-2021. De manera excepcional, este año la solicitud de plaza por adscripción y admisión debe presentarse preferentemente de manera telemática en los procesos de escolarización de los niveles de infantil, primaria, secundaria, bachillerato y educación especial.
El proceso de adscripción es para los alumnos que acaban 6.º de infantil, 6.º de primaria y 4.º de ESO, y que tienen que continuar sus estudios en otro centro adscrito a su centro de procedencia; el proceso de admisión, en cambio, es un proceso abierto a todos los alumnos que quieren cambiar de centro o bien incorporarse al sistema educativo (en 4.º de educación infantil, los niños nacidos en 2017) o a la red de centros sostenidos con fondos públicos (alumnos procedentes de centros privados o extranjeros).
Como la situación actual dificulta que las comisiones de escolarización se puedan reunir para supervisar el proceso, excepcionalmente el Decreto Ley asigna esta función al Departamento de Inspección Educativa. Además, se modifica todo el calendario del proceso de escolarización.
Para facilitar este proceso, la autenticación previa de la identidad, necesaria para iniciar la solicitud, se podrá hacer por una de estas tres vías: el sistema de identidad electrónica para las administraciones Cl@ve; el código de usuario del GESTIB o de la CAIB, y la combinación del DNI, NIE o pasaporte con el número de móvil de contacto del usuario.
Los centros escolares, resolverán por vía telefónica o telemática las dudas
Los centros escolares, junto con las oficinas, resolverán por vía telefónica o telemática las dudas y las dificultades surgidas entre los usuarios. El Decreto Ley establece que, con carácter excepcional, se atenderá presencialmente, con cita previa, a las familias que de ninguna forma puedan realizar el trámite por vía telemática o que tengan que presentar documentación que no se pueda consultar por esta vía.
La solicitud telemática incluirá una declaración responsable en la que se confirme el visto bueno al trámite del otro progenitor o tutor del menor.
Los usuarios solo tendrán que presentar a los centros la documentación relativa al proceso si la Administración no la puede consultar telemáticamente. Una vez realizado el trámite, este se enviará de forma automática: al centro de origen (donde el alumno todavía está matriculado) en el caso de procedimientos de adscripción, y al centro elegido en primer lugar en el caso de procedimientos de admisión.
Si un centro recibe más de una solicitud de la misma persona, se tomará como válida la última recibida. Por otro lado, el hecho de presentar dos o más trámites electrónicos en centros diferentes supondrá que las solicitudes sean excluidas, salvo que el solicitante enmiende esta irregularidad dentro de plazo.
Las listas provisionales de puntuación, así como las definitivas, también se podrán consultar de manera telemática a través de la web del Servicio de Escolarización. Asimismo, las reclamaciones a las listas provisionales, tanto del proceso de adscripción como del proceso de admisión, se tendrán que formular preferentemente por medios telemáticos.