jueves. 28.03.2024

Iñaki Urdangarin, ha presentado ante el juez instructor del caso Nóos un extenso dictamen jurídico que avala que los convenios rubricados por el Instituto Nóos con el Govern balear y la Generalitat Valenciana no estaban sujetos a la contratación pública, de forma que no cabía supervisar o auditar el precio abonado por los Ejecutivos autonómicos como contraprestación. Responden así, según el informe, a la legalidad vigente cuando se suscribieron.

Con 56 páginas y un minucioso análisis de los convenios investigados, el dictamen, al que ha tenido acceso Europa Press, ha sido entregado al instructor de las investigaciones, José Castro, después de que la defensa del encausado presentase este martes sus alegaciones contra la fianza civil de 8,2 millones de euros solicitada por la Fiscalía Anticorrupción y el sindicato Manos Limpias, y sobre la que el magistrado prevé pronunciarse en las próximas semanas.

Tras reseñar, en el caso de Baleares, que a la fecha en que se firmaron los convenios para la celebración de dos foros sobre turismo y deporte por un importe global de 2,3 millones de euros (2005 y 2006) no existían normas reguladoras de los convenios de colaboración entre las entidades públicas de las islas y las entidades privadas, el documento centra sus consideraciones en que el fin que tenían los acuerdos era un objeto de patrocinio "como negocio jurídico esencialmente privado".

Tanto es así que el autor del dictamen, el abogado del Estado en excedencia Federico Calabuig Alcalá del Olmo -integrante del despacho que asesora a Urdangarin-, asevera que los convenios firmados tanto en julio de 2005 (por 1,2 millones de euros) y septiembre de 2006 (por 1,085 millones) por Nóos con el Instituto Balear de Turismo (Ibatur) y la Fundació Illesport cumplían "las exigencias legales vigentes en el momento en que se suscribieron".

Y ello porque ambos tenían como fin el patrocinio de actividades promocionales turístico-deportivas, lo que no estaba comprendido en ninguno de los contratos regulados por la Ley de Contratos de la Administración Pública como tampoco por otras normas administrativas especiales. Del mismo modo, añade que las prestaciones realizas por el Govern presidido entonces por Jaume Matas "no pueden considerarse subvenciones públicas" al someter el Ibatur y el Illesport su actividad al derecho privado.

CONVENIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL VALENCIA SUMMIT

De la misma forma sucede, según el dictamen, en el caso de el convenio firmado para la celebración del evento Valencia Summit -cuyas tres ediciones costaron 1,044 millones de euros cada una-, al apuntar que tanto Nóos como la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau y la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) "se someten, en principio, al derecho privado".

Al hilo de lo anterior, el letrado recuerda que la propia CACSA suscribió 39 convenios de colaboración en 2004, 27 en 2005 y 17 en 2006, de los cuales sólo tres se corresponden con el Valencia Summit -el convenio inicial y sus dos addendas-. "Desconocemos el régimen jurídico aplicado a los demás convenios (...) pero es dable presumir que hayan seguido el mismo patrón de concertación", añade el dictamen jurídico de Calabuig, quien apostilla que, en todo caso, "no cabe duda de que nos encontramos ante verdaderos y ciertos convenios de colaboración".

Finalmente, el informe hace referencia al convenio rubricado en diciembre de 2005 por Nóos, la Generalitat Valenciana y la Sociedad Gestora para la Imagen Estratégica y Promocional de la Comunidad de cara a la preparación de la candidatura de ésta como sede de la primera edición de los denominados Juegos Europeos, que nunca llegaron a celebrarse pese a las cantidades que percibió el Instituto entonces presidido por Urdangarin.

INFORMES FAVORABLES A LOS JUEGOS EUROPEOS

Tras apuntar que tanto Nóos como la Sociedad Gestora "se someten, en principio, al derecho privado", el dictamen recuerda que el objeto del convenio pasaba por fomentar, mediante subvención, las actuaciones a desarrollar por Nóos para la elaboración del dossier de la candidatura, tratándose en consecuencia de asignar una ayuda pública a una entidad privada para el desarrollo de una determinada actividad. El convenio contó, según el documento, con todos los informes y el acuerdo del Consell de la Generalitat favorables.

Cabe recordar que, mientras tanto, la defensa del Duque de Palma presentó este martes un escrito para oponerse a la fianza que reclaman las acusaciones, asegurando que su patrocinado no ha percibido "cantidad alguna" de los convenios rubricados de Baleares y la Comunidad Valenciana con Nóos, del que fue presidente entre 2003 y 2006.

En un escrito de 33 páginas, al que tuvo acceso Europa Press, el abogado Mario Pascual Vives aseveraba además que Urdangarin no se ha ocupado, ni en el Instituto Nóos ni en la sociedad Nóos Consultoría Estratégica "de materias financieras, contables, fiscales, laborales o administrativas", actividades que achacaba, por el contrario, a su exsocio Diego Torres.

Un informe jurídico de Urdangarin avala que los convenios con Nóos no estaban sujetos a...