
El Ajuntamiento de Calvià ha abonado ya 627.000 euros correspondientes a las ayudas destinadas al sector productivo local previstas, y lo ha hecho tan solo 15 después de iniciado el plazo de solicitud de las mismas, que continuará abierto hasta el próximo 14 de mayo.
El Consistorio subvenciona con 3.000 euros a los establecimientos que cumplen con los requisitos de la convocatoria. Hasta ahora, los establecimientos beneficiados por estas ayudas ascienden a 209, aunque el número crecerá, porque aún se siguen recibiendo solicitudes.
Uno de los objetivos de esta convocatoria es facilitar los trámites a las personas que presentan la solicitud, por lo que solo se pide que aporten una declaración responsable. Por otro lado, también se está cumpliendo con el propósito de que las personas beneficiarias reciban el ingreso de la ayuda de 3.000 euros lo antes posible.
Para agilizar la tramitación de estas ayudas, el ayuntamiento ha reforzado al equipo que resuelve las subvenciones con personal de diversos departamentos municipales. Esto ha posibilitado que puedan ser empezadas a liquidar incluso con la convocatoria aún abierta, algo atípico.
Las ayudas directas para el sector productivo 'calvianer' están dotadas con un total de 3.000.000 euros, de los cuales 2.022.000 los aporta el Ayuntamiento y el resto (489.243 euros cada uno) los proporcionan el Govern y el Consell de Mallorca.
¿Quién puede optar a las ayudas?
- Actividades de restauración, gimnasios, escuelas de danza, salas de baile y discotecas que no hayan sido beneficiarios de cualquiera de las convocatorias de ayudas para paliar los efectos de la COVID-19 implementadas por la Fundación Mallorca Turismo del Consell de Mallorca.
- Actividades de ocio nocturno
- Comercio al por menor de productos o servicios de lavandería, agencias de viajes, lavado de coches (excepto estaciones de servicio), ferretería, droguería, mercería, dietética, estética, peluquería, perfumería, cosmética, tatuajes, institutos de belleza, decoración, plantas, floristerías y hierbas en herbolario.
- Parques de atracciones de carácter estable, centros de ocio, mini-golf, karting, alquiler de bicicletas (se excluyen expresamente los establecimientos de juegos recreativos, casas de apuestas o similares y análogas).
- Estudios fotográficos y Foto-Servicio, venta de libros y prensa, papelería,imprenta y copistería.
- Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles, artículos de cuero, souvenirs, confecciones para el hogar, artículos deportivos.
- Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería, bisutería, porcelana y juguetería.
- Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general (excepto hipermercados y grandes superficies), panaderías, tiendas de comestibles, supermercados, botellerías, carnicerías, pastelerías, fruterías, siempre y cuando no hayan permanecido abiertas al público más de nueve meses durante el año 2020.
- Granjas escuela con título habilitante de Centro Medioambiental Cultural o con título habilitante equivalente a granja escuela.
- Comercio al por menor de productos y servicios para animales domésticos (excepto centros o clínicas veterinarias).