Los retrasos en los vuelos de Aena provocados por la caída de Microsoft, ocurridos este viernes, son considerados casos de fuerza mayor, según plataformas de reclamación como Reclamador.es y Airhelp. Esta clasificación implica que los pasajeros no pueden solicitar reembolsos ni indemnizaciones, tal como lo establece el Reglamento 261/2004.
Reclamador.es ha expicado que las incidencias no reclamables son aquellas originadas por motivos ajenos a la aerolínea, como hackeos o fallos en sistemas externos, y ha aclarado que no se pueden solicitar indemnizaciones de entre 250 y 600 euros por estos casos.
Por otro lado, Facua-Consumidores en Acción ha informado que los pasajeros afectados tienen derecho a comida y alojamiento en hotel si lo necesitan. Según el artículo 14 del Reglamento Europeo 261/2004, las aerolíneas deben informar a los pasajeros sobre sus derechos en caso de denegación de embarque o cancelación de vuelos, proporcionando un impreso con las normas de compensación y asistencia.
Facua también ha mencionado que si el vuelo sale a la hora prevista pero el pasajero no ha podido abordarlo debido a problemas derivados del fallo informático, como retrasos en la facturación o imposibilidad de aparcar, se debe determinar la entidad responsable para evaluar su grado de responsabilidad.
La Unión Nacional de Agencias de Viajes (UNAV) ha recordado a sus asociados las obligaciones de las compañías aéreas ante circunstancias inevitables y extraordinarias, enfatizando que estas deben proporcionar asistencia, incluyendo manutención y alojamiento, en caso de retrasos y cancelaciones que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.